Jurisdicción y legislación aplicable
Todos estos términos y condiciones se rigen por la normativa española y europea y cualquier conflicto que se derive de cualquier operación con PARADIGMA EVENTS S.L. se someterá a la competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales españoles en el domicilio del reclamante.
Exoneración de responsabilidad
Exoneración de responsabilidad: El contenido de esta página web se ofrece con una finalidad informativa y comercial. PARADIGMA EVENTS 21 S.L se exime de cualquier responsabilidad, directa o indirecta, que pudiera derivarse del uso o aplicación de la información de esta web fuera de sus propósitos. El usuario será el único responsable de las infracciones en que pueda incurrir o de los perjuicios que se puedan causar a Terceros por la indebida o ilegítima utilización de la página web. En sentido estricto, PARADIGMA EVENTS 21 S.L. no será responsable:
- Con carácter general, respecto del uso inadecuado de su sitio web. Los usuarios deberán realizar un uso adecuado del mismo, de acuerdo con las condiciones y términos anteriores, sin que ninguna responsabilidad pueda tener el titular por la utilización indebida.
- PARADIGMA EVENTS 21 S.L. invierte constantemente en medios tecnológicos que intentan minimizar el riesgo de virus y software similar, y contenidos no autorizados en sus sistemas de información. A pesar de ello, el Usuario es consciente de que debe adoptar sus propias medidas orientadas a minimizar los daños ocasionados por software no autorizado, virus, troyanos y cualquier clase del software denominado malware.
Todos estos términos y condiciones se rigen por la normativa española y europea y cualquier conflicto que se derive de cualquier operación con PARADIGMA EVENTS, S.L, usted podrá hacer valer sus derechos ante los Tribunales que indica el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, estos son: los que correspondan a su domicilio, al lugar del cumplimiento de la obligación o aquél en que se encuentre el bien si éste fuera inmueble.